miércoles, 3 de agosto de 2011

BECAS PARA ESTUDIANTES DE ENSEÑANZA UNIVERSITARIA

Se convocan becas para estudiantes que en el curso académico 2011-2012, cursen en centros españoles enseñanzas universitarias con validez en todo el territorio nacional.

Para ser beneficiario/a de las becas y ayudas al estudio que se convocan por esta Orden será preciso:
- No estar en posesión o no reunir los requisitos legales para la obtención de un título del mismo o superior nivel al correspondiente al de los estudios para los que se solicita la beca o ayuda.

- Estar matriculado/a en alguna de las enseñanzas del sistema universitario español que se enumeran en el artículo 3 de la presente convocatoria.

- Ser español/a, o poseer la nacionalidad de un Estado miembro de la Unión Europea. En este último caso se requerirá que el propio estudiante o sus sustentadores se encuentren trabajando en España. En el supuesto de estudiantes no comunitarios, se aplicará lo dispuesto en la normativa sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.

CLASES DE BECAS.
Los/las solicitantes podrán optar a las siguientes becas:
- de movilidad para cursar estudios presenciales en centros ubicados en comunidad autónoma distinta a la de su domicilio familiar.
- de carácter general para cursar estudios en centros ubicados en la misma Comunidad Autónoma de su domicilio familiar.
- de proyecto fin de carrera para las enseñanzas técnicas.
- de matrícula.
-Componente de rendimiento académico para los solicitantes que acrediten los resultados académicos que se establecen en esta convocatoria

PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES.
La solicitud se deberá cumplimentar mediante el formulario accesible por vía telemática a través de la sede electrónica del Departamento en la dirección:
https://sede.educacion.gob.es (apartado "Trámites y Servicios")

El plazo para presentar la solicitud se extiende hasta el 14 de octubre de 2011, inclusive.

No obstante podrán presentarse solicitudes de beca después del 14 de octubre en los siguientes casos:
- En casos excepcionales, autorizados por las universidades.
- En caso de fallecimiento del sustentador principal de la familia, o por jubilación forzosa del mismo que no se produzca por cumplir la edad reglamentaria ocurridos después de transcurrido dicho plazo.

- En caso de estudiantes cuya situación económica familiar se viera gravemente afectada por causa extraordinaria sobrevenida y debidamente justificada.

En estos casos, lse presentarán directamente en las universidades en que corresponda realizar los estudios para los que se solicita el beneficio

- Podrán presentarse solicitudes con posterioridad al 14 de octubre para la realización del proyecto de fin de carrera y para el curso de acceso para mayores de 25 años en el mes siguiente a la fecha de formalización de la matrícula correspondiente y, en todo caso, antes del 15 de marzo del 2012.

Además de telemáticamente, podrán presentarse las solicitudes en los registros, oficinas de correos, oficinas consulares de España y en cualquier otra de las dependencias a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas...


Orden completa:
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