Esta ayuda podrán solicitarla todas las personas inscritas en las Oficinas de Empleo como desempleadas por extinción de su relación laboral y que entre el 16 de febrero y el 15 de agosto de 2012, hayan agotado su prestación por desempleo, de nivel contributivo y no tenga derecho a cualquiera de los subsidios por desempleo o bien hayan agotado alguno de estos o sus prórrogas.
No podrán solicitar esta ayuda quienes hayan percibido el PRODI (Programa Temporal de Protección por Desempleo e Inserción), quienes se hayan beneficiado de las anteriores ediciones del PREPARA, quienes hayan agotado o puedan percibir la Renta Activa de Inserción (RAI) o quienes hayan agotado la renta agracia o el subsidio por desempleo.
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